Consejería de Cultura, JUNTA DE EXTREMADURA
Ante las dudas y cuestiones planteadas en el día de hoy ante esta Dirección General
de Deportes por diversas federaciones deportivas extremeñas y por algunos centros
deportivos de nuestra Comunidad Autónoma, tras la publicación en el DOE de 20 de
enero de 2021 (suplemento número 8) del Acuerdo de 20 de enero de 2021, del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establecen medidas especiales y
excepcionales de intervención administrativa en relación con los establecimientos de
hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, la
actividad deportiva, la actividad cultural y otros eventos y actos en los municipios de más
de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura (publicado mediante
Resolución de 20 de enero de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero), desde esta
Dirección General de Deportes, con el visto bueno de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales de la Junta de Extremadura, se emite la siguiente comunicación oficial:
Primero. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de enero de 2021,
anteriormente citado, en su apartado Primero, 2.7), establece las medidas especiales de
intervención administrativa de carácter temporal en los municipios extremeños con una
población superior a los 3.000 habitantes que afectan a los establecimientos e instalaciones
deportivas y de baile. Estas medidas son:
“1. Se procederá al cierre de las instalaciones, centros deportivos y espacios para la
realización de actividad física o deportiva en espacios cubiertos. Asimismo, en los recintos,
centros e instalaciones al aire libre para la práctica deportiva o actividad física, sólo se
permitirá la práctica del deporte o actividad física individual, de forma que en aquellas
actividades deportivas individuales en las que se pueda confluir con otras personas en el
espacio deberá observarse en la medida de lo posible la distancia de seguridad
interpersonal.
Queda exceptuado el cierre para quienes participen en competiciones oficiales federadas de
liga regular y de ámbito nacional, y deportistas, entrenadores y árbitros de alto nivel y alto
rendimiento, cualquiera que sea la modalidad, que podrán continuar sus actividades de
entrenamiento y competición.
Se prohíbe la celebración de competiciones y eventos deportivos, salvo las competiciones
oficiales federadas de liga regular y de ámbito nacional. Estas competiciones se celebrarán
siempre sin público, a puerta cerrada.
- Se procederá al cierre de las academias, escuelas y clubes de baile o similares que
desarrollan actividad o impartan enseñanza de baile social. En cuanto al baile deportivo, se
estará a lo dispuesto en el número anterior.”
Segundo. La frase “Queda exceptuado el cierre para quienes participen en competiciones
oficiales federadas de liga regular y de ámbito nacional……” debe ser interpretada en el
sentido de que para la excepción pueda aplicarse será preciso que se cumplan
acumulativamente los tres requisitos que establece la disposición; es decir que las
competiciones sean oficiales federadas, que sean de liga regular y que, además, sean de
ámbito nacional, por lo que no estaría permitida la realización de competiciones oficiales
federadas de liga regular de ámbito inferior al nacional.
En este sentido, el concepto “liga regular” se aplicará exclusivamente a aquellas
competiciones que se caracterizan por desarrollarse a lo largo de toda la temporada
deportiva, o parte de ella, con una programación cerrada de carácter semanal, quincenal o
similar.
Tercero. La práctica deportiva y la actividad física en recintos, centros e
instalaciones al aire libre destinados a la práctica del deporte o a la actividad física solo se
permitirán cuando se realicen de forma individual, por lo que, además de la práctica
deportiva individual, en estas instalaciones podrán impartirse también clases o sesiones de
entrenamiento deportivo, pero exclusivamente dirigidas a un alumno o alumna, resultando,
por lo tanto, prohibidas las clases o entrenamientos grupales.
En Mérida, a 21 de enero de 2021
Director General de Deportes
Fdo.: Dan de Sande Bayal