Las licencias Federativas tan solo tienen vigor en las Pruebas que estén calendadas por la Federación, en circuitos homologados por la Federación, también cubren en pruebas calendadas por otras Federaciones de Motociclismo, al igual que los entrenamientos que se realicen en circuitos Federados homologados. Las Pruebas no calendadas son consideradas al margen de la Federación y las licencias no tienen vigor en ellas.
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